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Conozca el horario en el que podrán circular los taxistas

La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) , coordinando con el Ministerio de Salud, indicó a los taxistas que solo podrán prestar el servicio de 5:00 a.m a 8:00 p.m.

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Señalo la entidad que únicamente los conductores que brindan apoyo en el traslado del cuerpo médico podrán transitar en horario fuera de lo establecido, los demás debe acogerse a la norma y si no es así, se les aplicará la sanción correspondiente.

La ATTT además indicó que se estableció nuevo horario en el servicio de MiBus de 4:00 a.m a 12:00 a.m, mientras que los vehículos civiles en las calles solo deberán circular en la hora asignada según el último dígito de la cédula y los autorizados deben contar con el salvoconduvcto debidamente registrado.

El  Ministerio de Salud y la Autoridad de Tránsito recordaron a los conductores algunas recomendaciones para prevenir el COVID-19:

Deben limpiar el vehículo con agua y cloro, desinfectar las áreas de mayor contacto (barras, manillas, agarraderos), es necesario utilizar tapabocas, Llevar un pasajero (taxis) y ubicarlo en la parte trasera a mano derecha, respeta el metro de distanciamiento, ubicar a las personas según lo recomendado (Autobuses) intercalando los puestos y las posiciones.

 

Fuente: Mi Diario

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